Última actualización: | Contácto | Mapa del sitio |
 19/09/2017

Se oficializa Resolución 0579 que traza los criterios en torno al tema del cannabis medicinal - 20 de septiembre de 2017

Se oficializa Resolución 0579 que traza los criterios en torno al tema del cannabis medicinal

Resolución 0579 para establecer los criterios de definición de los pequeños y medianos cultivadores, productores y comercializadores nacionales de cannabis medicinal.

Bogotá, septiembre 20 de 2017 (@MinAgricultura @aurelioIragorri)-. El Ministerio de Justicia y del Derecho, el de Salud y la Protección Social y la cartera de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Parágrafo 1 de los artículos 3 y 18 de la Ley 1787 de 2016, oficializan la Resolución 0579 para establecer los criterios de definición de los pequeños y medianos cultivadores, productores y comercializadores nacionales de cannabis medicinal.

Las normas contenidas en la Resolución, determina quiénes son pequeños y medianos cultivadores, productores y comercializadores del cannabis medicinal, específicamente aclara que son las personas naturales que cuenten con un área total a destinar al cultivo del producto en cuestión, que no supere las 0,5 hectáreas.

También se determina en el documento, las licencias de cultivo de cannabis psicoactivo y de cannabis no psicoactivo, las cuales podrán ser otorgadas a esquemas asociativos compuestos por pequeños y medianos cultivadores, productores y comercializadores, siempre y cuando todos sus miembros cumplan con el criterio para ser considerados como tales.​

De esta manera, dicho acto normativo determina la reglamentación concerniente a la importación, exportación, cultivo, producción, fabricación, adquisición a cualquier título, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución, uso de las semillas de la planta de cannabis y de sus derivados, para fines científicos y médicos, así como los productos que los contengan y el establecimiento, conservación, financiación y explotación del cultivo de cannabis para los mismos fines.

Consulte la Resolución completa en el siguiente Link:

Resolucion 0579 del 8 de agosto del 2017.pdf

Fuente: Minagricultura

Red de Comunicaciones
Aunap - Banco Agrario - BMC - CCI - Corpoica - Fiduagraria - Finagro
ICA - Incoder - Unidad de Restitución de Tierras - Upra - Vecol